Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el 11 de enero de 2018 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución SC. 5/18, que introduce modificaciones al sistema de Licencias No Automáticas, reemplazando los anexos II a XVIII y sustituyendo tres artículos de la Resolución 523/17.
En el articulado, la modificación principal es que se establece la obligatoriedad de estar inscripto en el Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP), para poder completar los requisitos del punto 2 de los ANEXOS II a XIV.
Los anexos reemplazados presentan una baja de alrededor de 330 posiciones de las que estaban obligadas a presentar la LNA Licencia No Automática, y que a partir del 12/1/2018, pasarán a tramitar SOLAMENTE Licencia Automática.
Entre los productos que pasaron a tener Licencia Automática, se encuentran los siguientes:
- Papeles Kraft. Papel para vidrieras. Freezers verticales - Secadores de ropa de menos de 23 litros. - Motocicletas hasta 500 c.c. - Cámaras y cubiertas de bicicletas - Partes de bicicletas
- Carteras de telas - complementos de vestir de cuero -Productos laminados de acero - barras de hierro -barras de aluminio - chapas de aluminio - chapas y alambres de cobre
- Sierras - calderas y sus partes - grúas - sembradoras - partes de vagones - barcos - hilado de algodón - muchos productos químicos agar agar -
- Alcoholes - sulfato de aluminio - ferrocerio - insecticidas - herbicidas - polímeros - fims de pvc - calcomanías - sobres tarjetas cajas bolsas de papel -
- Hilados acrílicos - fibras poliésteres acrílicas - porcelana - cristal - herrajes - turbinas y sus partes - herrajes - filtros - balanzas pesas - guadañas -
- Cosechadoras - lingoteras - válvulas - motores eléctricos - poleas - cables -cuadros de bicicletas - sillines - tornos - asientos de madera - ratán - almohadas - edredones.
Para consultar la Resolución, haga clic aquí.