El Gobierno nacional dispuso, a través de la Resolución 56/2025, la actualización de los criterios de inscripción al Registro de empresas MiPyME. Como parte de esta actualización, también se implementaron mejoras en el Certificado reforzando su uso y seguridad.

  • Nuevos topes de venta:

Categoría

Construcción

Servicios

Comercio

Industria y minería

Agropecuario

Micro

 569.050.000

 266.790.000

 1.371.080.000

 940.600.000

 661.490.000

Pequeña

 3.376.460.000

 1.608.430.000

 9.766.640.000

 7.028.260.000

 2.436.680.000

Mediana Tramo 1

 18.838.350.000

 13.312.440.000

 46.423.090.000

 50.022.750.000

 14.339.940.000

Mediana Tramo 2

 28.254.420.000

 19.012.110.000

 66.319.160.000

 101.070.840.000

 22.744.110.000

 

  • Se actualiza el tope de activos, que alcanza a las empresas con actividad inmobiliaria, financiera, o de seguros, que fue fijado en $2.462.000.000
  • Se renueva el modelo de Certificado MiPyME con la incorporación de un código QR a fin de robustecer la herramienta, ya que permitirá verificar en tiempo real la validez del certificado exhibido por la empresa.
  • Se incorpora un procedimiento para que las personas humanas adheridas al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) que realicen actividades alcanzadas por el tope de activos, puedan informar, a través de una plataforma disponible en la web del Registro de Empresas MiPyME , el valor del total de los activos afectados a la actividad del último ejercicio comercial o año fiscal cerrado para así posibilitar el análisis de su solicitud de inscripción.

 

De acuerdo con lo informado por el Ministerio de Economía de la Nación, a través de la Resolución 56/2025, con esta renovación se garantiza que las micro, pequeñas y medianas empresas continúen con las ventajas que otorga el certificado MiPyME, como beneficios impositivos y previsionales, entre otros. Actualmente 1.800.000 personas humanas y jurídicas cuentan con el certificado MiPyME vigente, con una alta tasa de representatividad respecto al universo total tanto de sociedades (88%) como de personas humanas (autónomos 57% y monotributistas 20%).

Para conocer más detalles de este anuncio, acceda aquí: Resolución 56/2025.