Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que hoy vence el plazo para la recategorización del monotributo. El trámite es obligatorio tanto en los casos en los que se conserva la categoría actual como en los que es necesaria modificar la escala.

El cambio o la confirmación pueden realizarse a través de www.monotributo.afip.gob.ar o desde la aplicación móvil "Mi Monotributo". Para realizar la transacción se necesita tener la Clave Fiscal nivel de seguridad 2 o superior.

La actualización automática del impuesto no sigue parámetros de inflación y el valor de cada escala se modificó en un 28,46 % para este año, es decir, casi 20 puntos por debajo de la inflación de 2018. Es por eso que muchos inscriptos, con solo haber mantenido su facturación en sintonía con el aumento general de precios, deberán recategorizarse en una categoría superior y pagar más tributo.

De no cumplir con el cambio de escala en tiempo y forma, la AFIP podrá actuar de dos maneras. La primera contempla la recategorización compulsiva. La segunda, la expulsión del régimen simplificado al régimen general, cuya consecuencia es el pago de IVA y del Impuesto a las Ganancias.

En el caso de los contribuyentes que mantengan su escala, el trámite solo consistirá en “confirmar” su estatus, y también es obligatorio.

Por su parte, quienes trabajen en una oficina deberán considerar tres factores: el monto de facturación de los últimos doce meses, el gasto en alquiler y el consumo de energía eléctrica.

En 2019 habrá solo dos recategorizaciones, a diferencia de años anteriores. La segunda será en julio, pero las escalas no serán modificadas hasta 2020. El tope para este año de la categoría A -la más baja- será de $138.128 anuales, y el de la H -la más alta-, $1,15 millones sin pasar a ser autónomo, mientras que los que vendan cosas muebles tendrán un límite de $1,72 millones.

La actualización automática del impuesto toma como referencia una fórmula que se compone en un 70 % por el índice de Precios al Consumidor y otro 30 % del de variación salarial, pero con un rezago de seis meses. Por eso, las nuevas escalas no contemplan la inflación del último semestre en la que los precios se aceleraron al ritmo de la devaluación del peso.

Para acceder al tutorial de cómo realizar la recategorización, clic aquí.